Al ratificar el fallo del Inai, se determinó que el gobierno no puede reservar como "información de seguridad nacional" el trámite de uso de suelo forestal que permitió construir la megaobra.
Ello es facultad exclusiva de la federación. Con el fallo se declaró la invalidez del artículo 21, fracciones 15 y 16, de la Ley de Ingresos de Castaños.